TASA ALIMENTARIA MUNICIPAL

 

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16 de Febrero de 2017




16/02/2017

Propuesta por el Ejecutivo Municipal y aprobada por unanimidad por el Poder Legislativo, se modificó la ordenanza que regula la Tasa de Desarrollo Agroalimentario Local y Regional con descuentos anuales.

Con categorías que van desde la A hasta la J, se trata de pagos que serán cuatrimestrales, a cancelarse dentro de los primeros 30 días del cuatrimestre al momento de la habilitación.

Cabe destacar que la propuesta de la Municipalidad de Rufino es que si se cumple con el pago total anual se hará un descuento del 10 % para el contribuyente.

Para que esto se logre el pago deberá hacerse efectivo en el mes de abril. En los casos de las categorías E y F el pago será único y anual al momento de habilitarse.

Esta legislación alcanza a establecimientos en los que se produzca, elabore, fraccione, deposite, comercialice o reparta productos alimenticios dentro del Distrito Rufino.

 

MUNICIPALIDAD DE RUFINO
Italia 127 • CIUDAD DE RUFINO
428410 – 429387 – 428460
PROVINCIA DE SANTA FE
REPÚBLICA ARGENTINA
 

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107

 

 

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